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Análisis de la evolución de las políticas -4

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bagaes
ROJO
Alma Griselda Hernandez
Admin
8 participantes

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Admin


Admin

En la página 321 el autor hace una crítica al marco jurídico, con particular atención da elementos para apoyar la idea de: "Es, por tanto, un derecho consagrado en la ley pero no exigible judicialmente..."

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2Análisis de la evolución de las políticas -4 Empty un derecho consagrado por la ley Sáb Mar 12, 2011 6:57 pm

Alma Griselda Hernandez



efectivamente la Constitución lo establece, ejemplo de ello es la obligatoriedad, pero esta solo es para que el estado nos de la oportunidad del acceso a la educ básica, pero no nos obliga como seres humanos a cursarla, asimismo las deficiencias en cuanto al apoyo a la educacion de migrantes internos interestatal, la diferencia de curricula y la negatividad a dar cabida a los que vienen de un sistema a otro PRONIM____CONAFE. y como esta, la casi nula preparacion de docentes para ellos; asi como para aquellos que cursan en escuelas de educ. especial, ya que estas no diferencian las cualidades diferentes de cada alumno y los encasillan en el mismo grupo, sin tomar en cuenta su diferencia de capacidades; en igualdad o peores sircunstancias estan los indigenas.

3Análisis de la evolución de las políticas -4 Empty EL CUARTO Y EL ULTIMO JA JA JA Miér Mar 16, 2011 9:28 pm

ROJO

ROJO

Primero tenemos que especificar:

“La obligatoriedad de la educación se refiere a dos hipótesis diferentes que corresponden a sujetos de naturaleza distinta: uno es el Estado como impartidor de la misma, y otro, integrado por los estudiantes destinados a recibirla. desde el punto de vista constitucional, la obligación del Estado para impartirla se encuentra establecida en el primer párrafo del artículo 30 que dice: El Estado... impartirá educación preescolar, primaria y secundaria, (y su correlativo en el artículo 30 de la Ley General de Educación); por lo que toca a los destinatarios, el artículo 31 Constitucional dice que: son obligaciones de los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación primaria o secundaria (y su correlativo, en el artículo 40 de la Ley General de Educación). La "Obligación" así, es un término que hace referencia, tanto a una exigencia o imposición social, como a un deber que deviene de una norma jurídica.
La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción. Se diferencia de otras normas de conducta en su carácter heterónomo (impuesto por otro), bilateral (frente al sujeto obligado a cumplir la norma, existe otro facultado para exigir su cumplimiento), coercible (exigible por medio de sanciones tangibles) y externo (importa el cumplimiento de la norma, no el estar convencido de la misma).

En tal sentido la reforma contiene problemas de técnica jurídica, contradicciones con otros preceptos constitucionales y otros ordenamientos legales, que al no señalar sanción, ni contar con la reglamentación correspondiente, no permiten accionar las estructuras jurisdiccionales que garanticen su cumplimiento”. Dip. Jaime Hugo Talancón Escobedo. Integrante de la Comisión de Educación del congreso de la unión. 2003.

Deficiencias jurídicas que aunados a la resistencias de sindicalismo en México y la falta de una política y una cultura cívica de participación que lleven a entender su importancia, al mismo tiempo que la promuevan, y la regulen, no permiten ejercer este derecho para intervenir en las decisiones que competen a la organización de la vida escolar, darles seguimiento y vigilar el funcionamiento de los servicios, como una vía para lograr una mayor relevancia, pertinencia y calidad de la educación que se imparte en los planteles educativos.

"Es necesario revalorar el sentido que cobra la participación social también como un canal de inconformidad y queja, así como de propuestas de solución de problemas y de innovación de soluciones. Se debe reconocer la necesidad de educar en la capacidad de exigir el cumplimiento de la normatividad educativa y la búsqueda de una mayor calidad con equidad.5 Para enfrentar este reto permanente es fundamental la formación de ciudadanía. El civismo o la inclusión de asignaturas de formación ética y cívica o de orientación en los programas de estudio, pueden ser espacios relevantes para este trabajo de formación de ciudadanía". (Muñoz Izquierdo, Carlos. 2009)

bagaes



En nuestra carta magna se establece claramente en el art. Tercero constitucional la obligatoriedad y derecho de los mexicanos a la educación, el autor menciona que sigue existiendo en nuestra sociedad una falta de cultura cívica además de serias deficiencias en nuestro marco jurídico. Aunado a estos factores importantes tenemos una realidad existente que quizás sea el factor más importante para que no exista una exigencia de nuestras autoridades a obligar a la ciudadanía a enviar a su hijos a la escuela y es que no existen las condiciones, ni la infraestructura, la oferta educativa es más reducida en el medio rural que en el urbano por lo tanto los niños que habitan en las zonas rurales tienen menos posibilidades de ingreso al sistema educativo por la condiciones de marginalidad que aun siguen existiendo en las distintas zonas de nuestro país.

5Análisis de la evolución de las políticas -4 Empty OBLIGATORIEDAD EDUCATIVA??? Mar Mar 22, 2011 6:06 pm

TAHEC

TAHEC

Al respecto encontre una aportación interesante y que vale la pena reflexionar...

LA OBLIGATORIEDAD EN LA EDUCACIÓN, ES UN DERECHO?
A partir de la puesta en vigor de la Ley Federal 24.195/93, existe en el sistema educativo la obligatoriedad en el ciclo que va desde la sala de 5 años, en el Jardín de Infantes, hasta la Educación General Básica 3 inclusive. Esto imposición implica que todos los alumnos, de todos los distritos, deberían adquirir forzosamente, una cantidad y diversidad de contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales -iguales para todos-, por el sólo hecho de poseer la misma edad, esto, sin tener en cuenta aspectos psicológicos individuales, vocacionales, familiares, culturales, económicos, etc.
Los docentes que trabajamos en el nivel EGB3 (obligatorio), vemos cotidianamente -en nuestro trabajo concreto-, que un porcentaje significativo de alumnos, evidencia distintos tipos de dificultades a la hora de participar en el desarrollo y concreción de sus propios procesos de aprendizaje.
Estas dificultades pueden relacionarse en algunos casos a sus aptitudes –ausencia o escaso desarrollo de capacidades cognitivas básicas-; con sus actitudes –ausencia o escasa predisposición y compromiso a participar activamente en su educación -; o ambos a la vez.
Las falencias anteriormente expuestas puede deberse a múltiples y diferentes causas, tales como: nutricionales, psicológicas, familiares, culturales, económicas, sociales, etc. La presencia de alumnos con estas características dentro del sistema educativo, sumado a la obligatoriedad que la ley exige, hace que los mismos se vean excluidos dentro del
mismo, ya que si bien asisten a él, las dificultades que poseen conspiran seriamente contra el desarrollarlo exitoso de su proceso educativo, produciéndose en numerosos casos sucesivas repitencias, la sistematización en grupos “diversificados”, la aprobación final del
ciclo sin el logro de los contenidos mínimos o directamente la deserción.
Este fracaso escolar traería aparejado -además de la frustración individual y familiar del alumno-, un aumento vegetativo en el número de alumnos dentro del sistema –debido a las repitencias-, con la consecuente masificación del mismo, (una de las causas más importantes en el deterioro de la calidad educativa).
Por todo lo anteriormente expresado es que vemos con gran inquietud la posibilidad de que en una futura nueva Ley de Educación se implemente –además- como obligatorio el nivel polimodal (anterior secundario), ya que esto agravaría aún más el proceso de masificación y baja calidad ya existente.
Una alternativa a esta propuesta –a debatir-, es la de hacer obligatorio sólo los actuales niveles de Inicial, EGB 1 y 2 (anteriormente primaria), y ofrecer -de manera optativa-, los niveles posteriores, enriqueciendo éstos con propuestas educativas diversificadas con el objetivo de considerar y respetar la idiosincrasia, vocación, cultura y libertad de elección de cada uno de los alumnos, la de su familia y la de la comunidad en la que están insertos.
Esta propuesta tendería a desarrollar un sistema educativo más flexible y más acorde a las capacidades, actitudes y necesidades de cada uno de los alumnos, respetando su vocación y libertad de elección, lo que aumentaría sus posibilidad de éxito y las del propio sistema.
Consideramos finalmente, que el estado nacional y/o provincial debería responder a su ineludible obligación de ofrecer una educación de calidad y equidad para toda la comunidad y que para lograrlo debería propiciarse un amplio, profundo y verdadero debate, sobre este tema -y sobre otros que afectan de forma directa y significativa las prácticas dentro del sistema educativo-, fundamentando el mismo –en la medida de lo posible-, sobre algunos aspectos básicos de la psicología, psicopedagogía, teorías del aprendizaje, sociología, etc.
Lic. Mario Ariel Oroz


FUENTE: http://debate-educacion.educ.ar/ley/oroz.pdf

Si bien no es un actor nacional ¿Que tanto perecido tiene con nuestra realidad?

saludos a todos

Jesus Calderon Rodriguez



ART 1º.-

De acuerdo con el Artículo Primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece: "En los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las Garantías que otorga ésta Constitución, las cuales no podrán restringirse, ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones, que ella misma establece".

Este Artículo contiene el principio de igualdad a favor de todos los individuos que se encuentran en el territorio nacional.

La Igualdad Jurídica consiste en evitar que las distinciones que se hagan a las personas tengan como base circunstancias o atributos tales como raza, la situación económica, la religión, las ideas políticas. Nuestra Ley Fundamental da a todo ser humano y a las personas morales (sociedades), la capacidad de gozar y de ejercer sin excepción de los Derechos o Garantías establecidas en la propia Constitución, sin distinciones de nacionalidad, raza, religión o sexo.Asi que aqui lo que importa es que todos tengan conocimiento de lo que contiene nuestra constitución pues una herramienta fundamental que nos permite defender nuestros derechos y esto sol0o se lograra por medio de la educacion.

Fuente:http://constitucion-mexicana.html

3dg@r

3dg@r

"Es, por tanto, un derecho consagrado en la ley pero no exigible judicialmente..."

* Cada mujer, hombre, joven y niño o niña tienen el derecho a la educación, capacitación e información; así como a otros derechos humanos fundamentales para la realización plena de su derecho a la educación. Como sabes la educación básica es un derecho y una obligación, un derecho por que como lo marca el Artículo 3° Constitucional, que toda la educación que imparta el Estado o el gobierno será gratuita para todos los mexicanos, esto significa que todos los servicios educativos que otorgue el gobierno no tendrán costo; por ejemplo, el trabajo de los maestros y las maestras, la construcción de las escuelas y mantenimiento de la misma, la entrega de libros de texto para los niños y las niñas y becas, así como las mismas oportunidades para ingresar a las escuelas.
Pero si nos vamos a la realidad No es "gratuita" en modo alguno, ya que la pagan todos los ciudadanos productivos que pagan impuestos o consumen. La "gratuidad" es sólo para el que la recibe.
Y es obligatoria por que Todos los habitantes de México debemos cursar la educación básica que es preescolar, primaria secundaria y preparatoria para que así el individuo pueda adquieran todos los conocimientos necesarios para subsistir en la sociedad. También por que los padres de familia tienen la obligacion de mandar a sus hijos e hijas a la escuela y si no lo cumplen podrán ser castigados o sancionados cosa que no sucede en México.
Así como Es obligación del gobierno dar servicios educativos para que la población curse la educación primaria, secundaria y preparatoria, pero aun en México esa obligatoriedad sigue siendo solo para algunos cuantos, los que tienen mejores posibilidades economicas, sociales.

8Análisis de la evolución de las políticas -4 Empty “LA OBLIGATORIEDAD EN LA EDUCACIÓN” Sáb Mar 26, 2011 12:46 am

emmanuel

emmanuel

“LA OBLIGATORIEDAD EN LA EDUCACIÓN”

Según lo establecido en la ley general de educación y el artículo tercero de la constitución mexicana, todo individuo debe tener derecho a la educación y esta debe ser laica gratuita y OBLIGATORIA.

El estado está obligado a prestar los servicios educativos para que se pueda impartir la educación y que esta llegue a todos los lugares de México.

Es obligación del gobierno asignar a los maestros para cada plantel educativo, así como capacitarlos y actualizarlos, además de proveer los recursos de infraestructura para que las aulas estén bien acondicionadas y los alumnos y personal docente estén seguros, para mejorar la educación del país.

Todos los mexicanos o residentes en nuestro país tienen derecho a recibir la educación básica (preescolar, primaria y secundaria) y es obligación de los padres o tutores hacer que sus hijos o pupilos asistan regularmente a la escuela.

La educación secundaria se hizo obligatoria a partir del año 1993 siendo presidente Carlos Salinas de Gortari y a partir del 2004 es obligatoria que todos los niños asistan al segundo grado de preescolar.

La educación obtuvo el concepto de obligatoriedad desde el imperio de Maximiliano y desde entonces ha sido obligatoria para elevar el nivel educativo de nuestro país y contribuir a que todos los individuos tengan una mejor calidad de vida, un mejor desempeño laboral y social y preparar a la sociedad para los grandes retos del mundo actual y hacer de México el país de primer nivel en todos los aspectos

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